Causa nº 3054/2001 (Casación). Resolución nº 15246 de Corte Suprema, Sala Cuarta (Mixta) de 26 de Septiembre de 2001 - Jurisprudencia - VLEX 32035958

Causa nº 3054/2001 (Casación). Resolución nº 15246 de Corte Suprema, Sala Cuarta (Mixta) de 26 de Septiembre de 2001

JuezQue Representa Al Demandante
MateriaDerecho Laboral y Seguridad Social
Número de registrorec30542001-cor0-tri6050000-tip4
Fecha26 Septiembre 2001
Número de expediente3054/2001
EmisorSala Cuarta Mixta (Corte Suprema de Chile)
PartesRanallo Pizarro Antonio-Distribuidores Generales S.A.

Santiago, veintiséis de septiembre de dos mil uno.

Vistos:

En los autos rol Nº 5.821 del Tercer Juzgado del Trabajo de Arica, compareció don A.R.P. y demandó en juicio ordinario del trabajo a la empresa Distribuidores Generales S.A. o D.S.A., para que se la condene al pago de una prestación laboral adeudada a la data del término de sus servicios, denominada "bono de balance". Con fecha treinta de abril del año en curso se dictó sentencia de primer grado, según se lee a fojas 55 y siguientes, la cual favoreció las pretensiones del actor, por cuanto acogió, con costas, la demanda y condenó a la sociedad al pago de $1.565.112,oo, correspondientes a los bonos de balance por los períodos contables 1998 y 1999.

Apelada dicha sentencia por la sociedad demandada, una de las salas de la Corte de Apelaciones de Arica, con fecha trece de julio último, según se lee a fojas 67, la revocó, al considerar que el actor no podía impetrar el pago de tal bono en forma inmediata, por cuanto era necesario declarar o determinar, previamente, si este estipendio era de naturaleza laboral y si formaba parte de su remuneración.

La demandante, a fojas 71, interpuso recurso de casación en el fondo en contra de esta última sentencia; pretendiendo su invalidación por este Tribunal, expresando que se ha dictado con error de derecho, que ha influido substancialmente en su parte dispositiva.

A foja 78 se ordenó traer los autos en relación.

Considerando:

Primero

Que el abogado que representa al demandante, en su escrito que contiene el recurso, expone que pide la nulidad del fallo de segunda instancia, en razón de que los jueces del fondo al emitirlo han infringido los artículos 11 y 41 del Código Laboral, al estimar que los bonos de balan ce no formaban parte del contrato de trabajo, pues, al convenirse este estipendio no se modificó la convención que los ligó, conforme lo dispone el citado artículo 11 del Texto Laboral.

También es erróneo el argumento de los jueces, consistente en que no se acreditó la naturaleza laboral de la prestación reclamada -bonos de balance- porque, por el contrario, conforme a los puntos de prueba fijados por el tribunal y las probanzas aportadas por las partes, se justificó el carácter remuneratorio del estipendio.

Segundo

Que previo al estudio de las normas mencionadas como transgredidas en el libelo del recurso, se debe tener en cuenta que en el fallo atacado los jueces del fondo han fijado los siguientes hechos del pleito:

  1. "Que...la demandada reconoce la existencia de relación laboral y...

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