Causa nº 1161/2000 (Casación). Resolución nº 12894 de Corte Suprema, Sala Cuarta (Mixta) de 14 de Septiembre de 2000 - Jurisprudencia - VLEX 32099464

Causa nº 1161/2000 (Casación). Resolución nº 12894 de Corte Suprema, Sala Cuarta (Mixta) de 14 de Septiembre de 2000

JuezO Mediante El Pertinente Desahucio
MateriaDerecho Laboral y Seguridad Social
Número de registrorec11612000-cor0-tri6050000-tip4
Número de expediente1161/2000
Fecha14 Septiembre 2000
EmisorSala Cuarta Mixta (Corte Suprema de Chile)
PartesSaa Carneiro Luis-Radiotronica de Chile S.A.

Santiago, catorce de septiembre de dos mil.

Vistos:

Ante el Primer Juzgado del Trabajo de San Miguel, en estos autos rol Nº 20.223, don L.A.S.C., deduce demanda en contra de Radiotronica de Chile S.A., representada por don M.A.V.A., a fin que se condene al demandado a pagar las prestaciones que indica, más intereses, reajustes y costas, fundándose en que fue contratado por obra o faena y fue despedido antes que la misma concluyera.

El demandado, contestando la demanda, solicitó su rechazo, sosteniendo que el despido se ajustó a la causal contemplada en el artículo 161 del Código del Trabajo. Dedujo también demanda reconvencional.

El tribunal de primera instancia en fallo de veintisiete de agosto del año pasado, escrito a fojas 182, dio lugar a la demanda, ordenando pagar indemnización sustitutiva del aviso previo e indemnización compensatoria por el tiempo de la duración de la obra o faena para la que fue contratado el actor, más intereses y reajustes e imponiendo a cada parte sus costas. Además, rechazó la demanda reconvencional.

Se alzaron ambas partes y una de las salas de la Corte de Apelaciones de San Miguel, en sentencia de nueve de marzo del año en curso, que se lee a fojas 218, revocó la de primer grado en cuanto ordenaba el pago de indemnización sustitutiva del aviso previo y disponía determinar los montos a pagar en la etapa de cumplimiento, rechazando ambas pretensiones y confirmando, en lo demás apelado, con la declaración en ella contenida.

En contra de esta última sentencia, la demandada deduce recurso de casación en el fondo, solicitando su anulación y la dictación de una sentencia de reemplazo por medio de la cual se acoja sólo el pago de indemnización sustitutiva del aviso previo y la demanda reconvencional, rechazando el cobro de indemnización compensatoria.

Considerando:

Primero

Que el recurrente, en un primer aspecto, denuncia el quebrantamiento de los artículos 161, 162 inciso cuarto y 169 del Código del Trabajo, argumentando que el primero de ellos establece, en el inciso primero, la aplicación general del término del contrato conocida como ?necesidades de la empresa?; en el inciso segundo contempla el desahucio para los casos especiales que indica y el inciso tercero, las situaciones en que dichas causales no se aplican. Es decir, el artículo 161 se aplica a todos los trabajadores protegidos por el Código del ramo, salvo aquellos que gocen de licencia médica otorgada en conformidad a la ley y la aplicación de dicha norma al caso de autos, es clara. Por eso, su parte dio estricto cumplimiento al artículo 162 inciso cuarto como consta en el proceso. Por lo mismo, de la sola lectura del citado artículo 161 no aparece que el actor cumpla con los requisitos para pagarle indemnización por años de servicio, por cuanto el contrato estuvo vigente menos de un año.

Continúa señalando que si se considera improcedente el despido de acuerdo al artículo 161, debió haberse procedido como lo ordena el artículo 169 que se remite al anterior y faculta al trabajador para pedir que se aumente en un 20% la indemnización que le corresponda de acuerdo a los artículos 162 y 163. Indica que la aplicación supletoria de una norma general supone que la norma especial no regule en el sentido que se pretende aplicar.

En el caso, sostiene el demandado, el actor sólo tiene derecho a la indemnización sustitutiva que puede incrementarse en un 20% en el evento que la causal invocada se estime improcedente. No existen, a su juicio, vacíos que llenar por las normas del derecho común.

Luego el recurrente argumenta que la indemnización compensatoria a que ha sido condenado, fundada en el derecho común, es desconocida e improcedente en el derecho laboral y no existe al respecto, vacío que llenar con la...

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