Causa nº 640/2008 (Casación). Resolución nº 10052 de Corte Suprema, Sala Cuarta (Mixta) de 22 de Abril de 2008 - Jurisprudencia - VLEX 41100000

Causa nº 640/2008 (Casación). Resolución nº 10052 de Corte Suprema, Sala Cuarta (Mixta) de 22 de Abril de 2008

JuezGabriela Pérez P.,Patricio Valdés A.,Julio Torres A.
MateriaDerecho Laboral y Seguridad Social
Número de registrorec6402008-cor0-tri6050000-tip4
Número de expediente640/2008
Fecha22 Abril 2008
EmisorSala Cuarta Mixta (Corte Suprema de Chile)
PartesSalinas Contreras Miguel - Ad. Delco S.A.

Santiago, veintidós de abril de dos mil ocho.

Vistos:

En autos rol Nº 2.389-05 del Primer Juzgado de Letras del Trabajo de Puerto Montt, don M.A.S.C. deduce demanda en contra de Administradora de Restaurantes Delco S.A., representada por don S.B.R., a fin que se declare que su empleador ha incurrido en incumplimiento grave de las obligaciones que le impone el contrato y se le condene al pago de las prestaciones laborales que señala o las que se estimen de derecho, más reajustes, intereses y costas.

La demandada, evacuando el traslado, opuso la excepción de prescripción y solicitó el rechazo, con costas, de la acción deducida en su contra, argumentando que no existen los incumplimientos que le atribuye el demandante, por las razones que explica. En subsidio, alega la extemporaneidad del auto despido y hace valer el tope de las indemnizaciones reclamadas, además de objetar la inclusión de las gratificaciones en la base de cálculo respectiva.

El tribunal de primera instancia, en sentencia de veintinueve de noviembre de dos mil seis, escrita a fojas 114, complementada a fojas 186, acogió la excepción de prescripci ón sólo respecto del reclamo de feriado legal que se hubiere hecho exigible con anterioridad a la fecha que indica y dio lugar a la demanda, condenando a la demandada a pagar indemnización sustitutiva del aviso previo, indemnización por años de servicios, primas adeudadas, canon de arrendamiento reclamado, más reajustes e intereses, sin costas.

Se alzó la demandada y recurrió de nulidad formal y la Corte de Apelaciones de Puerto Montt, en fallo de once de diciembre de dos mil siete, que se lee a fojas 242 desestimó la nulidad formal y revocó, con costas, la sentencia de primer grado y, en su lugar, rechazó la demanda interpuesta.

En contra de esta última decisión, el demandante deduce recursos de casación en la forma y en el fondo, por haberse incurrido en vicios e infracciones de ley que han influido, a su juicio, sustancialmente en lo dispositivo del fallo, pidiendo que este tribunal la invalide y dicte la de reemplazo que describe.

Se trajeron estos autos en relación para conocer de ambos recursos.

Considerando:

  1. Recurso de casación en la forma:

Primero

Que el demandante apoya la nulidad formal que interpone, en la causal prevista en el artículo 7684 del Código de Procedimiento Civil, es decir, en haber sido dada ultra petita, esto es, otorgando más de lo pedido por las partes o extendiendo la sentencia a puntos no sometidas a la decisión del tribunal, a cuyo respecto argumenta que el artículo 466 del Código del Trabajo, establece que al deducir el recurso, deberá el apelante fundarlo someramente exponiendo las peticiones concretas que formula respecto de la resolución apelada y que, en la especie, la sentencia atacada decide no dar lugar a la demanda, en circunstancias que nunca fue así solicitado por la demandada, la que hace una serie de peticiones al tribunal de segundo grado, pero ninguna de ellas conduce al rechazo de la demanda.

Segundo

Que en cuanto a las referidas argumentaciones, corresponde anotar que, si bien es cierto que la demandada, al apelar, no pide el rechazo de la demanda, no lo es menos que dicha solicitud se encuentra ínsita en el desarrollo de la presentación, desde que cada una de las peticiones que se...

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