Causa nº 4816/2008 (Casación). Resolución nº 4816-2008 de Corte Suprema, Sala Cuarta (Mixta) de 14 de Octubre de 2008 - Jurisprudencia - VLEX 55541232

Causa nº 4816/2008 (Casación). Resolución nº 4816-2008 de Corte Suprema, Sala Cuarta (Mixta) de 14 de Octubre de 2008

JuezJuan Carlos Cárcamo O..,Julio Torres A.,Ricardo Peralta V.,Patricio Valdés A.,Carlos Künsemüller L.
Corte en Segunda Instancia
Sentido del falloRECHAZA CASACION EN EL FONDO
Partes SILVA GARCIA JOSE RENE CON ECHAVARRI PEÑA TOMAS
Número de registrorec48162008-cor0-tri6050000-tip4
Fecha14 Octubre 2008
Número de expediente4816-2008
Tipo de proceso(Trabajo) Casación Fondo
MateriaDerecho Laboral y Seguridad Social
EmisorSala Cuarta Mixta (Corte Suprema de Chile)

Santiago, a catorce de octubre de dos mil ocho.

Vistos:

En autos rol Nº 897-06 del Primer Juzgado de Letras del Trabajo de Temuco, don J.R.S.G. deduce demanda en contra de don T.E.P., a fin que se declare injustificado, indebido, improcedente y carente de motivo plausible su despido, además de nulo y se condene al demandado a pagar las prestaciones que indica, más reajustes, intereses y costas.

El trámite de la contestación a la demanda, se tuvo por realizado en rebeldía del demandado.

En sentencia de treinta y uno de diciembre de dos mil siete, escrita a fojas 105, el tribunal de primer grado rechazó la demanda por despido injustificado y nulo, sin perjuicio de lo cual ordenó pagar la compensación de feriado proporcional y días laborados en el mes de marzo de 2006, sin costas.

Se alzó el demandante y la Corte de Apelaciones de Temuco, en fallo de diez de julio del año en curso, que se lee a fojas 126, revocó el de primer grado y, en su lugar, decide que se acoge la demanda sólo en cuanto se declara injustificado, indebido, improcedente y carente de motivo plausible el despido del actor y condena al demandado a pagar indemnización sustitutiva del aviso previo y por años de servicios, esta última aumentada en un 80%, más intereses y reajustes, con costas, confirmando en lo demás, por voto de mayoría.

En contra de esta última decisión, el demandado deduce recurso de casación en el fondo, a fin que se la invalide y se dicte una de reemplazo que rechace la demanda, con costas.

Se trajeron estos autos en relación.

Considerando:

Primero

Que el recurrente sustenta el recurso de casación en el fondo que deduce, en la infracción de l os artículos 1603 del Código del Trabajo y 17 del Decreto Supremo Nº 3, en relación con los artículos 22 inciso segundo del Código Civil y 455 y 456 del Código del ramo, además del artículo 1698 también del Código Civil.

Al respecto alega que se exime al actor de la obligación de probar, debiendo hacerlo, que sus ausencias son justificadas y le resta valor a la abundante prueba de la demandada, con lo cual se infringe el artículo 1698 citado, pues el demandante no acreditó de manera alguna la justificación de sus ausencias.

Sostiene, además, que se infringen los artículos 1603 del Código del Trabajo, en relación con el 17 del Decreto Supremo Nº 3 y 22 inciso segundo del Código Civil, al estimar justificadas las ausencias laborales, sin que se hayan...

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