Causa nº 11877/2015 (Casación). Resolución nº 85036 de Corte Suprema, Sala Cuarta (Mixta) de 1 de Marzo de 2017 - Jurisprudencia - VLEX 669523225

Causa nº 11877/2015 (Casación). Resolución nº 85036 de Corte Suprema, Sala Cuarta (Mixta) de 1 de Marzo de 2017

JuezAndrea Muñoz S.,Ricardo Blanco H.,S Gloria Ana Chevesich R.
Corte en Segunda Instancia- C.A. de Santiago
Rol de ingreso en primera instanciaC-13705-2014
Fecha01 Marzo 2017
Número de expediente11877/2015
Rol de ingreso en Cortes de Apelación999-2015
EmisorSala Cuarta Mixta (Corte Suprema de Chile)
PartesSOCIEDAD INMOBILIARIA ANGOSTURA LIMITADA CON DE LA FUENTE GONZALEZ VICTOR HUGO.
Sentencia en primera instancia- 6º JUZGADO CIVIL DE SANTIAGO
Número de registro11877-2015-85036

Santiago, uno de marzo de dos mil diecisiete. Vistos:

Ante el Sexto Juzgado Civil de Santiago, en los autos Rol Nº 13.705-2014, don S.U.M. dedujo demanda en contra de don V.H. de la Fuente, representado por don O.M.F., y/o por la Sociedad Propiedades y Gestión de Mercado Inmobiliario Limitada, representada a su vez por don O.M.F., a fin de que sea declarado el término del contrato de arrendamiento que suscribieron, se decrete la reducción de rentas, su reembolso e indemnización de perjuicios y cobro de prestaciones, o las sumas que el tribunal fije, con intereses y costas. Funda su acción en haber celebrado, con fecha 27 de noviembre de 2013, un contrato de arrendamiento con el demandado sobre el inmueble ubicado en calle B. número 2098, comuna de Providencia, por el plazo de un año a contar del 1° de diciembre de 2013, con una renta de arrendamiento mensual pactada de $1.125.000, pagándose por anticipado la suma de $13.500.000, equivalente a doce meses de renta, y con el objeto de garantizar la conservación de la propiedad y su restitución en el mismo estado que fue recibida, se entregó la suma de $1.125.000, según se estipuló en la cláusula decimocuarta del contrato.

Conforme a lo pactado en la cláusula cuarta del contrato, se suscribió por las partes un inventario que forma parte integrante de la convención, en la que se establecieron, con cargo al arrendador, reparaciones de ambos cierres automáticos en las puertas de calle de la propiedad, entrega de piscina que presentaba fallas en filtro y bordes, retiro de basura acopiada en el patio y en todo el cierre perimetral, rebaja de pasto y reparación de riego automático.

Expresa que se solicitó al arrendador en reiteradas oportunidades el cumplimiento de su obligación de ejecutar los trabajos requeridos, tras lo cual envió un contratista a visitar la propiedad, quien no volvió a realizar las reparaciones.

0138772280709Indica que, ante esa circunstancia, fue su parte quien debió asumir los gastos de las reparaciones, que, en concreto, ascendieron a $500.000 por reparación de cierre automático, $55.000 por reparación de piscina, $815.200 por retiro de basuras, $40.000 por reparación de riego automático, $100.000 por afianzamiento del parrón y $123.865 por desratización, lo que arroja un total de gastos por reparaciones de $1.634.065, suma que pide sea reembolsada por el demandado.

Señala que con fecha 3 de junio de 2014, con las primeras lluvias, se anegó el interior de la propiedad, informando al demandado la situación, pero no contestó. Posteriormente, con las segundas lluvias se produjo otro anegamiento del segundo piso del inmueble y del departamento exterior de la casa, y sólo con fecha 17 de junio, es decir, 15 días después de ocurrido el primer aniego, el arrendador indicó que iniciarían las reparaciones, enviando a otro contratista, quien entregó un informe de daños y constató los vicios ocultos de la propiedad que produjeron el anegamiento y la imposibilidad de ser habitada.

Solicita se acoja su demanda declarando el término del contrato de arrendamiento suscrito entre las partes, desde la notificación de la demanda o desde el momento que el tribunal estime pertinente, ordenando al demandado restituir inmediatamente las sumas correspondientes a las rentas de arrendamiento pagadas referentes a los meses de junio de 2014 en adelante, esto es, la suma de $6.750.000 o las que el tribunal considere, dentro de tercero día de notificada la sentencia definitiva y respecto de las rentas pagadas desde 1° de diciembre en adelante, hasta esta fecha, sean restituidas en un 70% de su valor o el porcentaje que el tribunal estime, y para el caso que se considere que los vicios de la propiedad impiden sólo parcialmente su goce, solicita se declare el término inmediato del contrato de arrendamiento desde la notificación de la demanda o desde el momento que se determine, ordenando la restitución inmediata

0138772280709de las rentas de arrendamiento pagadas de los meses de junio en adelante, que ascienden a la suma de $6.750.000 o las que se estime pertinentes dentro del plazo de tercero día después de notificada la sentencia definitiva o se declare la rebaja del precio de la renta en un 70% o en el porcentaje que se considere ajustado a derecho, condenándose, además, al demandado al pago de la suma de $1.634.065 o la suma que se estime por concepto de reparaciones efectuadas en la propiedad sub-lite y a la restitución del mes de garantía correspondiente a $1.125.000, en el evento de dar por terminado el contrato, a las que deberá aplicársele el interés y reajuste que corresponda, con...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR