Causa nº 65295/2016 (Casación). Resolución nº 662178 de Corte Suprema, Sala Cuarta (Mixta) de 15 de Noviembre de 2016 - Jurisprudencia - VLEX 653264497

Causa nº 65295/2016 (Casación). Resolución nº 662178 de Corte Suprema, Sala Cuarta (Mixta) de 15 de Noviembre de 2016

Fecha de Resolución15 de Noviembre de 2016
MovimientoRECHAZADO CASACIÓN FONDO MANIFIESTA FALTA DE F (M)
Rol de Ingreso65295/2016
Rol de Ingreso en Cortes de Apelación1605-2015 - C.A. de La Serena
Rol de Ingreso en Primer InstanciaC-140-2015 - 1540051588-0
EmisorSala Cuarta (Mixta)

Santiago, quince de noviembre de dos mil dieciséis. Vistos y teniendo presente:

Primero

Que, en conformidad con lo dispuesto en el artículo 782 del Código de Procedimiento Civil, se ha ordenado dar cuenta de los recursos de casación en el fondo deducidos por las querelladas contra la sentencia dictada por la Corte de Apelaciones de La Serena, que confirmó la de primera instancia que acogió la querella de restitución.

Segundo

Que en los recursos se acusa infracción a lo dispuesto en los artículos 549 N° 1 y 551 N° 2 del Código de Procedimiento Civil y artículos 700, 728, 916 y 924 del Código Civil.

En síntesis, cuestionan la decisión de la sentencia impugnada de dar por acreditado los actos de perturbación de la posesión material supuestamente ejecutados por las querelladas, refiriendo que no son efectivos, puesto que la demandante nunca perdió la posesión de su inmueble, siendo imposible solicitar la recuperación de una posesión que no se ha perdido.

En virtud de lo anterior, solicitaron invalidar la sentencia recurrida, dictar la correspondiente de reemplazo, rechazando el interdicto.

Tercero

Que los sentenciadores del fondo tuvieron por establecidos los siguientes hechos de la causa: 1.- La querellante es poseedora inscrita de un retazo de terreno, singularizado como L.B., que formaba parte de la Hijuela N° 2, ubicado en la Comunidad Agrícola Cerro Grande, comuna de O., de una superficie de 0,65 hectáreas, así como de un derecho de aprovechamiento consuntivo de aguas subterráneas, por un volumen total anual de 1.261 metros cúbicos, con un caudal máximo instantáneo de extracción de 0,2 litros por segundo, de ejercicio permanente y continuo, en la comuna de O., sector A.P., Región de Coquimbo. 2.- La querellante ha estado en posesión pacífica, tranquila y no interrumpida de dicho inmueble desde el 20 de enero de 2014, ejecutando actos materiales que solo da derecho el dominio, consistente en el cierre perimetral del inmueble, utilización del agua para el riego y la realización de trabajos para el mejor aprovechamiento de las aguas. 3.- Las querelladas, en los primeros días del mes de marzo de 2015, ejecutaron actos perturbatorios directos en la posesión que la querellante tiene sobre el predio y los derechos de aguas referidos, procediendo a instalar cierres

0116182100551nuevos en el predio, poner candados en las viviendas ubicadas en su interior, impidiendo desde aquella fecha el acceso de...

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