Causa nº 6699/2012 (Casación). Resolución nº 105167 de Corte Suprema, Sala Cuarta (Mixta) de 31 de Diciembre de 2012 - Jurisprudencia - VLEX 436088062

Causa nº 6699/2012 (Casación). Resolución nº 105167 de Corte Suprema, Sala Cuarta (Mixta) de 31 de Diciembre de 2012

Fecha de Resolución31 de Diciembre de 2012
MovimientoANULA DE OFICIO CASACIÓN
Rol de Ingreso6699/2012
Rol de Ingreso en Cortes de Apelación27-2012 C.A. de Valdivia
Rol de Ingreso en Primer InstanciaJ-13-2011 JUZGADO DE LETRAS DEL TRABAJO DE OSORNO
EmisorSala Cuarta (Mixta)

Santiago, treinta y uno de diciembre de dos mil doce.

Vistos:

En causa RIT J-13-2011, RUC 1130050607-2, caratulados "Uribe con Sociedad Educacional Technos Ltda.", en procedimiento ejecutivo laboral, el Juzgado de Letras del Trabajo de O., por resolucion de quince de junio del ano en curso, rechazo la peticion que don A.R.A., en su calidad de arrendatario, efectuo para que se negara lugar a la entrega de los predios agricolas subastados en la causa.

Se alzo el arrendatario y una Sala de la Corte de Apelaciones de Valdivia, por resolucion de veintiseis de julio pasado, segun consta a fojas 7, la confirmo.

En contra de esta ultima resolucion, la misma parte dedujo recurso de casacion en el fondo.

Se trajeron los autos en relacion.

Considerando:

Que en conformidad con lo dispuesto en el articulo 767 del Codigo de Procedimiento Civil, el recurso de casacion en el fondo procede en contra de las sentencias definitivas inapelables y contra sentencias interlocutorias inapelables cuando ponen termino al juicio o hacen imposible su continuacion, naturaleza juridica que no reviste la decision que confirma aquella que desestimo una peticion de negar lugar a la entrega de los inmuebles subastados.

Por estas consideraciones y norma legal citada, se declara sin lugar el recurso de casacion en el fondo deducido por don A.R.A. a fojas 9, contra la resolucion de veintiseis de julio de dos mil doce, escrita a fojas 7.

Sin perjuicio de lo resuelto y, actuando de oficio esta Corte, de acuerdo con lo prevenido en el inciso 2DEG del articulo 84 del Codigo de Procedimiento Civil, tiene presente lo que sigue:

Primero

Que de los antecedentes del proceso consta lo siguiente:

  1. Ante el Juzgado de Letras del Trabajo de O., don A.R.A., haciendo uso de la citacion que le fuera concedida, solicito se negara lugar a la peticion realizada por los adjudicatarios de entregar los inmuebles subastados en la causa, teniendo en cuenta para ello la existencia de un contrato de arrendamiento de predios agricolas, suscrito al menos dos anos antes del inicio de la causa y el cual, de conformidad con los articulos 1, 10 y 11 del Decreto Ley Nº 993 de 1975 sobre arrendamiento de predios rusticos, debe ser respetado por los nuevos adquirentes, cualquiera que sea el titulo en cuya virtud hayan adquirido los inmuebles.

  2. De los documentos acompanados, consta que el 16 de abril de 2009 se celebro por instrumento privado, cuyas firmas aparecen autorizadas ante notario, contrato de arrendamiento de...

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