Causa nº 5336/2018 (Casación). Resolución nº 6 de Corte Suprema, Sala Cuarta (Mixta) de 31 de Julio de 2018 - Jurisprudencia - VLEX 736010301

Causa nº 5336/2018 (Casación). Resolución nº 6 de Corte Suprema, Sala Cuarta (Mixta) de 31 de Julio de 2018

Fecha de Resolución31 de Julio de 2018
MovimientoRECHAZADO CASACIÓN FONDO MANIFIESTA FALTA DE F (M)
Rol de Ingreso5336/2018
Rol de Ingreso en Cortes de Apelación15-2018 - C.A. de San Miguel
Rol de Ingreso en Primer InstanciaC-406-2017 - 1º Juzgado de Familia San Miguel
EmisorSala Cuarta (Mixta)

Santiago, treinta y uno de julio de dos mil dieciocho. Vistos y teniendo presente:

Primero

Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 782 del Código de Procedimiento Civil, se ha ordenado dar cuenta del recurso de casación en el fondo deducido por la parte demandante contra la sentencia dictada por la Corte de Apelaciones de San Miguel, que confirmó la de mérito que rechazó la demanda de rebaja de pensión alimenticia.

Segundo

Que el recurrente denuncia infracción de los artículos 230, 233, 242, 330 y 332 del Código Civil y artículo 32 de la Ley N° 19,968, solicitando se invalide la sentencia impugnada, dictándose la de reemplazo que acoja la demanda, rebajando la pensión alimenticia al mínimo establecido en la ley, alzando el “derecho de usufructo” (sic) decretado; en subsidio, que se fijen los gastos de los alimentarios en la suma de $238.580 o, en subsidio, decretar la rebaja de la pensión alimenticia conforme a la ley y revocar la condena en costas.

Hace consistir el defecto en que la sentencia impugnada no tomó en consideración la prueba que acredita la disminución de las necesidades de los alimentarios, dando cuenta de ello los medios de prueba incorporados, principalmente la pericia social evacuada.

Por otro lado, agrega que no se consideró las facultades de la madre de los alimentarios para aportar a su manutención, habiendo variado su situación de salud desde la época en que se decretaron los alimentos vigentes, situación que le permite cumplir su obligación de aportar equitativamente para la satisfacción de las necesidades de los niños.

Posteriormente detalla aquellos ítems en los que, a su juicio, disminuyeron las necesidades de sus hijos, señalando que son considerablemente inferiores a las que dio por acreditada la sentencia, lo que, unido al hecho que la madre no justificó los motivos por los cuales actualmente no ejecuta una actividad remunerada, permiten sustentar su pretensión de reducción de la pensión alimenticia.

Tercero

Que los sentenciadores del fondo dieron por acreditados los siguientes hechos: 1.- En causa Rit C-599-2016 se regularon alimentos en favor de los tres hijos de las partes, actualmente de 6, 4 y 2 años de edad, en la suma equivalente a un 155 por ciento de un ingreso mínimo remuneracional mensual, actualmente de $423.150, más el derecho de usufructo del inmueble donde actualmente habitan, inscrito a nombre del demandado. En dicha causa se...

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