Causa nº 3275/2001 (Casación). Resolución nº 17116 de Corte Suprema, Sala Cuarta (Mixta) de 30 de Octubre de 2001 - Jurisprudencia - VLEX 32036415

Causa nº 3275/2001 (Casación). Resolución nº 17116 de Corte Suprema, Sala Cuarta (Mixta) de 30 de Octubre de 2001

Fecha de Resolución30 de Octubre de 2001
MovimientoSe acoge, sin costas, el recurso de casación
Rol de Ingreso3275/2001
EmisorSala Cuarta (Mixta)

Santiago, treinta de octubre de dos mil uno.

Vistos:

En estos autos rol Nº 2.251-00 del Primer Juzgado del Trabajo de A., don R.Z.V. y otros deducen demanda en contra de Transportes Chelew e Hijos limitada, representada por don R.C.N., a fin que sus despidos sean declarados injustificados y se condene a la demandada al pago de las prestaciones que indican, más reajustes, intereses y costas.

La demandada, evacuando el traslado conferido, solicitó el rechazo de la acción deducida en su contra, con costas, argumentando que los demandantes fueron contratados para un trabajo o servicio específico y mientras durara el contrato de suministro que su parte mantenía con la empresa Esso Chile Petrolera Limitada, la que, a su vez, tenía un contrato con la empresa minera Mantos Blancos, por ende, la aplicación de la causal contemplada en el artículo 159 Nº 5 del Código del Trabajo, se ajusta a derecho.

El tribunal de primera instancia, en sentencia de veintiuno de febrero del año en curso, escrita a fojas 254, acogió la demanda por despido injustificado y condenó a la demandada al pago de la indemnización por años de servicios incrementada en un 20% para cada trabajador, sin costas.

Se alzaron ambas partes y la Corte de Apelaciones de Antofagasta, en fallo de dieciséis de julio del presente año, que se lee a fojas 273, revocó la de primer grado sólo en cuanto por ella se negaba lugar a la indemnización sustitutiva del aviso previo reclamada por cada actor y eximía de las costas a la empleadora y en su lugar accedió a la petición de indemnización referida y condenó en costas a la demandada.

En contra de esta última decisión, la demandada recurre de casación en el fondo, por haberse dictado la sentencia aludida , a su juicio, infringiendo las normas que señala, solicitando se la invalide y se dicte la de reemplazo que proceda en derecho acogiendo el recurso, con costas.

Se trajeron estos autos en relación.

Considerando:

Primero

Que el recurrente denuncia el quebrantamiento de los artículos 159 Nº 5 y 162 inciso cuarto del Código del Trabajo y 19 del Código Civil.

En primer lugar, señala que la sentencia realiza una afirmación que no es efectiva, ya que basta leer los contratos de trabajo de los actores para establecer que su duración será hasta que se termine el servicio prestado en la faena de la minera Mantos Blancos, única faena en la que sirvieron los demandantes y que terminó cuando la empresa Esso terminó el contrato con la demandada, produciéndose la causal del artículo 159 Nº 5 del Código del trabajo, por lo tanto, los despidos serían justificados.

En segundo lugar, el recurrente indica que se vulnera el inciso cuarto del artículo 162 del Código del ramo al disponerse...

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