Causa nº 15465/2017 (Unificación de Jurisprudencia). Resolución nº 8 de Corte Suprema, Sala Cuarta (Mixta) de 7 de Agosto de 2017 - Jurisprudencia - VLEX 692080225

Causa nº 15465/2017 (Unificación de Jurisprudencia). Resolución nº 8 de Corte Suprema, Sala Cuarta (Mixta) de 7 de Agosto de 2017

Fecha de Resolución 7 de Agosto de 2017
MovimientoINADMISIBLE,UNIFICACIÓN DE JURISPRUDENCIA (M)
Rol de Ingreso15465/2017
Rol de Ingreso en Cortes de Apelación256-2016 - C.A. de Antofagasta
Rol de Ingreso en Primer InstanciaO-213-2016 - JUZGADO DE LETRAS DEL TRABAJO DE CALAMA
EmisorSala Cuarta (Mixta)

Santiago, siete de agosto de dos mil diecisiete. Vistos y teniendo presente:

Primero

Que, de conformidad con lo dispuesto en el inciso 7° del artículo 483-A del Código del Trabajo, se ha ordenado dar cuenta de la admisibilidad del recurso de unificación de jurisprudencia deducido por el demandante contra la sentencia dictada por la Corte de Apelaciones de A., que acogió uno de nulidad intentado contra la del grado y, en reemplazo, rechazó la demanda de indemnización de perjuicios por accidente del trabajo.

Segundo

Que, según se expresa en la legislación laboral, el recurso de unificación de jurisprudencia es susceptible de ser deducido en contra de la resolución que falle el recurso de nulidad, estableciéndose su procedencia para el caso en que “respecto de la materia de derecho objeto del juicio existieren distintas interpretaciones sostenidas en uno o más fallos firmes emanados de Tribunales Superiores de Justicia”, conforme lo explicita el artículo 483 del Código del Trabajo. Asimismo, del tenor de lo dispuesto en el artículo 483-A del cuerpo legal antes citado, aparece que esta Corte debe controlar, como requisitos para su admisibilidad, por un lado, su oportunidad; en segundo lugar, la existencia de fundamento, además de una relación precisa y circunstanciada de las distintas interpretaciones respecto de las materias de derecho objeto de la sentencia, sostenidas en diversos fallos emanados de los tribunales superiores de justicia, y finalmente, debe acompañarse copia del o los fallos que se invocan como fundamento del recurso en referencia.

Tercero

Q ue, conforme se expresa en el recurso, la materia de derecho objeto del juicio que se propone dice relación con determinar el alcance del artículo 184 del Código del Trabajo, en cuanto a la obligación de informar oportunamente la ocurrencia del accidente del trabajo y las consecuencias del incumplimiento a tal obligación.

Cuarto

Que la demanda fue inicialmente acogida en la sentencia de base, en contra la cual la parte demandada dedujo recurso de nulidad, invocando la causal prevista en el artículo 478 b) del Código del Trabajo, la que fue acogida por considerarse que se habían infringido las reglas de la sana crítica, en particular, la de la no contradicción, al dar por establecido un hecho que no era posible desprender de la prueba rendida, en la medida que no demostraba de manera clara e indudable la existencia de nexo...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR