Causa nº 68788/2016 (Unificación de Jurisprudencia). Resolución nº 640143 de Corte Suprema, Sala Cuarta (Mixta) de 3 de Noviembre de 2016 - Jurisprudencia - VLEX 652542213

Causa nº 68788/2016 (Unificación de Jurisprudencia). Resolución nº 640143 de Corte Suprema, Sala Cuarta (Mixta) de 3 de Noviembre de 2016

JuezGloria Ana Chevesich R.,Manuel Valderrama R.,Ricardo Blanco H.
Corte en Segunda Instancia- C.A. de Concepción
Fecha03 Noviembre 2016
Número de expediente68788/2016
Número de registro68788-2016-640143
Rol de ingreso en primera instanciaO-68-2016
EmisorSala Cuarta Mixta (Corte Suprema de Chile)
PartesANGEL MAURICIO ZUÑIGA SOTO CON PARQUES DE CHILE S.A.
Sentencia en primera instancia- 1640016444-8
Rol de ingreso en Cortes de Apelación216-2016

Santiago, tres de noviembre de dos mil dieciséis.

Al escrito folio 107148-2016: a sus antecedentes.

Vistos y teniendo presente:

Primero

Que de acuerdo con lo dispuesto en el inciso séptimo del artículo 483-A del Código del Trabajo, se ordenó dar cuenta de la admisibilidad del recurso de unificación de jurisprudencia deducido por la parte demandante contra la sentencia de la Corte de Apelaciones de Concepción, que rechazó el recurso de nulidad que interpuso contra la sentencia de base que desestimó la demanda de despido injustificado.

Segundo

Que, con arreglo a lo preceptuado en el artículo 483 de dicho estatuto, este arbitrio procede contra la resolución que decide el recurso de nulidad, para el evento que “respecto de la materia de derecho objeto del juicio existieren distintas interpretaciones sostenidas en uno o más fallos firmes emanados de Tribunales Superiores de Justicia”. Asimismo, del tenor del artículo 483-A del mismo cuerpo legal, esta Corte debe controlar, como requisitos para su admisibilidad, desde luego, su oportunidad; enseguida, sus fundamentos, además de una relación precisa y circunstanciada de las distintas interpretaciones recaídas en los componentes de derecho objeto de la sentencia, sostenidos en diversos fallos provenientes de los tribunales superiores de justicia. Finalmente, deben acompañarse copias de la o las sentencias que se invocan en apoyo del recurso en referencia.

Tercero

Que el recurso propone, como materia de derecho a unificar, según expresamente refiere, establecer “cuando se está en presencia del desahucio, como uno de los medios que tiene el empleador para poner sin justificación alguna término al contrato de trabajo que lo liga con un trabajador determinado, contemplada en (el) artículo 161 inciso del Código del Trabajo, la determinación de la procedencia de la causal es una cuestión de derecho y no de hecho, y en consecuencia, la calificación en un caso en concreto de si un dependiente desempeña un cargo o empleo de exclusiva confianza es materia de derecho que dice relación con la correcta aplicación del artículo 161 inciso 2 del Código del Trabajo, y por lo tanto, es susceptible de ser revisada y controlada a través del recurso de nulidad haciendo valer como causal la infracción de ley que ha influido sustancialmente en lo dispositivo del fallo, contemplada en el artículo 477 del Código del Trabajo”.

Cuarto

Que el...

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