Causa nº 162/2013 (Otros). Resolución nº 30641 de Corte Suprema, Sala Cuarta (Mixta) de 9 de Mayo de 2013 - Jurisprudencia - VLEX 438375678

Causa nº 162/2013 (Otros). Resolución nº 30641 de Corte Suprema, Sala Cuarta (Mixta) de 9 de Mayo de 2013

Fecha de Resolución 9 de Mayo de 2013
MovimientoACOGE,UNIFICACIÓN DE JURISPRUDENCIA
Rol de Ingreso162/2013
EmisorSala Cuarta (Mixta)

Santiago, nueve de mayo de dos mil trece.

Vistos:

En estos autos RUC Nº1240022674-k y RIT O-401-2012, del Juzgado de Letras del Trabajo de Antofagasta, don L.L.C.A. deduce demanda de cobro de prestaciones en procedimiento de aplicacion general en contra de Comunidad Edificio 45 Ex Canaempu, representada por don N.C.R., a fin de obtener el pago de la indemnizacion sustitutiva del aviso previo, la indemnizacion por anos de servicios, feriado proporcional, mas reajustes e intereses y con costas, por haber sido despedido por la causal del articulo 161 inciso primero del Codigo del Trabajo, sin que la sumas ofrecidas por el empleador se ajustaran a la normativa vigente. Agrega que para los efectos del calculo de las indemnizaciones reclamadas su ultima remuneracion ascendio a la suma de 404.463.

Evacuando el traslado conferido, la demandada solicito el rechazo de la demanda, con costas y controvirtio la base de calculo de la ultima remuneracion para los efectos del articulo 172 del Codigo del Trabajo, senalando que esta ascendio a la suma de $290.000. Asimismo, alega que resulta procedente descontar lo adeudado por el trabajador por prestamo que mantenia en la C.C.A.F. La Araucana por la suma de $1.332.950.

El tribunal de primer grado, por sentencia de seis de septiembre del ano dos mil doce, que se lee a fojas 2 y siguientes, establecio que la remuneracion mensual del actor que se debe tener en cuenta para la determinacion de las indemnizaciones fue la suma de $360.000, considerando, en dicha base de calculo, las prestaciones que se pagaban por asignacion de colacion y movilizacion, por tener estas el caracter de permanentes, acogiendo la demanda y en consecuencia condeno a la demandada a pagar al actor: 1.- la suma de $360.000 (trescientos sesenta mil pesos) por concepto de indemnizacion sustitutiva de aviso previo; 2.- la cantidad de $3.960.000 (tres millones novecientos sesenta mil pesos) a titulo de indemnizacion por anos de servicio y 3.- $145.005 (ciento cuarenta y cinco mil cinco pesos) por feriado proporcional, mas reajustes e intereses, sin costas. Por otra parte, dispuso la imputacion de $1.332.950 (un millon trescientos treinta y dos mil novecientos cincuenta pesos) a titulo de prestamo ante la Caja de Compensacion, reconocido por el actor y la suma de $2.292.055 (dos millones doscientos noventa y dos mil cincuenta y cinco pesos) a titulo de diferencias ya pagadas por anos de servicios, sustitutiva por falta de aviso previo y feriado proporcional.

En contra del referido fallo la ex empleadora interpuso recurso de nulidad, el que fundo en la causal del articulo 477 del Codigo del Trabajo por haber incurrido el tribunal en infraccion del articulo 172 inciso primero del Codigo referido en relacion con el articulo 41 inciso segundo del mismo estatuto, al considerar como parte de la ultima remuneracion para efectos del calculo de las indemnizaciones propias del despido las asignaciones de colacion y movilizacion.

La Corte de Apelaciones de Antofagasta, conociendo del recurso de nulidad, por resolucion de catorce de noviembre pasado escrita a fojas 26 y siguientes, lo rechazo declarando que el juez de la instancia no cometio error de derecho al determinar la base de calculo de las indemnizaciones de que se trata.

Respecto de la decision que falla el recurso de nulidad, la demandada interpuso recurso de unificacion de jurisprudencia solicitando que esta Corte lo acoja, como asimismo el recurso de nulidad y dicte sentencia de reemplazo disponiendo que las asignaciones...

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