Causa Nº 14753-2018 (Casación Fondo) Corte Suprema - Sala Tercera Constitucional, 24/09/2018 - Jurisprudencia - VLEX 743535389

Causa Nº 14753-2018 (Casación Fondo) Corte Suprema - Sala Tercera Constitucional, 24/09/2018

JuezRosa Maria Leonor Etcheberry Court,Arturo Jose Prado Puga,Maria Eugenia Sandoval Gouet,Alvaro Hernan Quintanilla Perez,Carlos Aránguiz Z.
Sentido del falloRECHAZA CASACION EN EL FONDO (M)
EmisorSala Tercera Constitucional (Corte Suprema de Chile)
Recurso númeroCV04-(Civil) Casación Fondo
Fecha24 Septiembre 2018
Número de expediente14753-2018
MateriaCivil
Tipo de procesoCasación Fondo
Santiago, veinticuatro de septiembre de dos mil dieciocho.
Vistos:
En autos número de rol 14.753-2018, caratulados
“Valle del Huasco Servicios de Seguridad Limitada con
Servicio de Salud Atacama”, en juicio de rendición de cuenta
de mandatario seguido ante el Segundo Juzgado de Letras de
Vallenar, por sentencia de trece de abril de dos mil
dieciocho se acogió el incidente de abandono del
procedimiento, resolución que fue confirmada por la Corte de
Apelaciones de Copiapó, con fecha veinticuatro de mayo de
dos mil dieciocho.
En contra de este último pronunciamiento, el demandante
dedujo recurso de casación en el fondo, solicitando se lo
invalide y en su lugar se dicte uno de reemplazo que rechace
la referida incidencia.
Se ordenó traer los autos en relación.
Considerando:
Primero: Que el recurso de nulidad sustancial denuncia
la infracción al artículo 152 del Código de Procedimiento
Civil, fundada en el hecho de haberse aplicado dicha
disposición en circunstancias que el estado de tramitación
del proceso no lo permitía. Así, explica que desde la
dictación de la resolución que recibe la causa a prueba, de
fecha 20 de julio de 2017, se realizaron una serie de
diligencias de su parte, dictando el Tribunal a quo
YWXLGZEXJZ

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR