Causa Nº 24790-2018 (Apelación Protección) Corte Suprema - Sala Tercera Constitucional, 31/12/2018
Juez | Ángela Vivanco M.,Ricardo Abuauad D.,Arturo Jose Prado Puga,Rosa Maria Leonor Etcheberry Court,Maria Eugenia Sandoval Gouet |
Sentido del fallo | REVOCADA SENTENCIA APELADA QUE (M) |
Recurso número | CV03-(Civil) Apelación Protección |
Fecha | 31 Diciembre 2018 |
Número de expediente | 24790-2018 |
Materia | Civil |
Tipo de proceso | Apelación Protección |
Emisor | Sala Tercera Constitucional (Corte Suprema de Chile) |
1
Santiago, treinta y uno de diciembre de dos mil dieciocho.
Vistos:
Se reproduce el fallo en alzada, con excepción de sus
fundamentos séptimo a noveno, que se eliminan.
Y se tiene, en su lugar y además, presente:
Primero: Que Juana Elvira Gajardo Rodríguez dedujo
recurso de protección en contra de AFP Capital S.A. y
Cobralet Ltda., calificando como ilegal y arbitrario el
envío de una serie de correos electrónicos que perseguían
el pago de una deuda previsional por parte de la actora,
hecho que perturbaría el legítimo ejercicio de su derecho a
la integridad psíquica, de la forma como describe en su
libelo.
Segundo: Que, por su parte, en su informe AFP Capital
dio cuenta de la existencia de una decena de causas de
cobranza previsional iniciadas desde 2012 en contra de la
recurrente, diligencia cuya tramitación encomendó a
Cobralet. Por su parte, esta última empresa reconoció haber
remitido los correos electrónicos en cuestión, afirmando
que tales comunicaciones sólo perseguían poner en
conocimiento de la recurrente la deuda previsional.
Tercero: Que reiteradamente esta Corte ha expresado que
el recurso de protección de garantías constitucionales,
establecido en el artículo 20 de la Constitución Política
de la República, constituye jurídicamente una acción de
naturaleza cautelar, destinada a amparar el legítimo
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