Causa Nº 26399-2018 (Apelación Amparo Económico) Corte Suprema - Sala Tercera Constitucional, 02/01/2019
Juez | Arturo Jose Prado Puga,Carlos Aránguiz Z.,Maria Eugenia Sandoval Gouet,Pedro Pierry Arrau,Sergio Muñoz G. |
Sentido del fallo | CONFIRMA SENTENCIA APELADA (M) |
Recurso número | CV17-(Civil) Apelación Amparo Económico |
Fecha | 02 Enero 2019 |
Número de expediente | 26399-2018 |
Materia | Civil |
Tipo de proceso | Apelación Amparo Económico |
Emisor | Sala Tercera Constitucional (Corte Suprema de Chile) |
1
Santiago, dos de enero de dos mil diecinueve.
Vistos:
Se reproduce el fallo en alzada, con excepción de su
fundamento tercero, que se elimina.
Y se tiene, en su lugar y además, presente:
Primero: Que según quedó expresado en la sentencia en
revisión, en estos autos se ha ejercido la llamada acción
de amparo económico prevista en el artículo único de la Ley
N° 18.971 en resguardo del derecho de los recurrentes,
integrantes de la Asociación de Comerciantes de Productos
del Mar y locatarios del Terminal Pesquero Metropolitano, a
desarrollar una actividad económica lícita garantizado en
el artículo 19 N° 21 inciso 1° de la Constitución Política
de la República, el que se vería vulnerado en razón
diversas acciones y omisiones que atribuyen a la sociedad
administradora de dicho recinto, al Ministerio de Bienes
Nacionales, a la Subsecretaría de Pesca y Acuicultura, y al
Servicio Nacional de Pesca, según se detalla en extenso en
su libelo.
Segundo: Que, el sentido y alcance del instituto
jurisdiccional previsto en la Ley N° 18.971 es el amparar
la garantía constitucional de “la libertad económica”
frente al Estado empresario, cuando éste, transgrediendo un
principio de la esencia del Orden Público Económico
Nacional, como lo es el de la subsidiaridad, interviene en
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