Causa Nº 916-2018 (Casación Fondo) Corte Suprema - Sala Cuarta Mixta, 09/07/2018 - Jurisprudencia - VLEX 743967061

Causa Nº 916-2018 (Casación Fondo) Corte Suprema - Sala Cuarta Mixta, 09/07/2018

JuezRicardo Luis Hernan Blanco Herrera,Rosa Maria Leonor Etcheberry Court,Andrea Maria Mercedes Muñoz Sanchez,Hugo Enrique Dolmestch Urra,Gloria Ana Chevesich Ruiz
Sentido del falloRECHAZADO CASACIÓN FONDO MANIFIESTA FALTA DE F (M)
Recurso númeroCV04-(Civil) Casación Fondo
Número de expediente916-2018
Fecha09 Julio 2018
MateriaCivil
Tipo de procesoCasación Fondo
EmisorSala Cuarta Mixta (Corte Suprema de Chile)
Santiago, nueve de julio de dos mil dieciocho.
Vistos y teniendo presente:
Primero: Que, en conformidad con lo dispuesto en el artículo 782 del
Código de Procedimiento Civil, se ha ordenado dar cuenta de los recursos de
casación en el fondo deducidos por los demandantes y la demandada contra la
sentencia dictada por la Corte de Apelaciones de Valparaíso, que confirmó la de
primer grado que acogió la demanda interpuesta por la madre y el hermano de un
trabajador fallecido a consecuencia de un accidente del trabajo y condenó a uno
de los demandados al pago de indemnizaciones por daño moral y lucro cesante,
rechazándola respecto del otro.
Segundo: Que el arbitrio deducido por los demandantes denuncia la
infracción a los artículos 6 y 38 de la Constitución Política de la República, 42 de la
Ley 18.575, 1698 y 2330 del Código Civil, 384 N°2 del de Procedimiento, 183 E
del Código del Trabajo, artículo 125 del Decreto N°75 del Ministerio de Obras
Públicas y Decreto N°76, de 2007, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social,
porque la sentencia rechazó la demanda respecto del Fisco de Chile, a pesar de
haberse acreditado su calidad de dueño de la obra o mandante y que no se
adoptaron todas las medidas de seguridad, ni se capacitó adecuadamente al
trabajador; y porque se concluyó que se expuso imprudentemente al daño, no
obstante que no se acreditó que existiera un procedimiento de trabajo claro y que
fuera oportunamente informado a la víctima. Solicita se invalide la sentencia
impugnada, dictando una de reemplazo que condene al Fisco de Chile en su
calidad de dueño de la obra y que otorgue los montos demandados por no
corresponder la aplicación del artículo 2330 del Código Civil.
Tercero: Que el recurso interpuesto por la demandada Ingeniería y
Construcciones Santa Laura Ltda., se fundamenta en la conculcación de los
artículos 45, 1547, 2320 y 2330 del Código Civil y 144 del de Procedimiento Civil,
porque, acreditado que el trabajador se expuso imprudentemente al riesgo, ello
debió servir de base a una reducción más significativa de los montos otorgados;
porque la indemnización por lucro cesante concedida da por ciertas,
circunstancias que no fueron acreditadas, como es que el trabajador iba a vivir y
trabajar hasta los 65 años, y que durante todo ese tiempo seguiría colaborando a
la subsistencia de su madre y hermano; y porque se le condenó en costas, no
obstante no haber sido totalmente vencido. Solicita se invalide la sentencia
NMDVFXKCZL

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