Causa nº 87918/2016 (Casación). Resolución nº 737331 de Corte Suprema, Sala Cuarta (Mixta) de 21 de Diciembre de 2016 - Jurisprudencia - VLEX 655972249

Causa nº 87918/2016 (Casación). Resolución nº 737331 de Corte Suprema, Sala Cuarta (Mixta) de 21 de Diciembre de 2016

JuezGloria Chevesich R.,Ricardo Blanco H.,Andrea Maria Muñoz S.
Corte en Segunda InstanciaC.A. de Valparaíso
Número de expediente87918/2016
Fecha21 Diciembre 2016
Rol de ingreso en Cortes de Apelación2315-2014
EmisorSala Cuarta Mixta (Corte Suprema de Chile)
PartesCORPBANCA CON FIGUEROA BITTNER ROBERTO ALEJANDRO
Número de registro87918-2016-737331

Santiago, veintiuno de diciembre de dos mil dieciséis.

Visto y teniendo presente:

Primero

Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 781 del Código de Procedimiento Civil, se ha ordenado dar cuenta del recurso de casación en la forma deducido por la parte demandada en contra de la sentencia de la Corte de Apelaciones de Valparaíso, que confirmó la primera instancia que acogió la demanda de cobro de pesos.

Segundo

Que funda su recurso en las causales de nulidad formal contempladas en los numerales 1, 2 y 9 del artículo 768 del Código de Procedimiento Civil, asegurando que al haberse anulado el fallo dictado en su oportunidad por la Corte de Apelaciones de Valparaíso, procedía que se pronunciara uno nuevo por un tribunal no inhabilitado, debiendo de haberse procedido a una nueva vista, previa inclusión de la causa en tabla. Además, y en relación con la primera causal, alega que en el fallo impugnado se consignó “no firma la Ministra Suplente Sra. Valle, por haber cesado en el ejercicio de sus funciones”, de manera que la resolución fue dictada por quien no integraba el tribunal de alzada.

Tercero

Que para los efectos de una debida inteligencia de las cuestiones planteadas, es necesario reseñar algunos de los antecedentes de mayor relevancia que surgen del proceso: a.- Por sentencia de 4 de diciembre de 2014, pronunciada por el Cuarto Juzgado Civil de Valparaíso, se acogió la excepción de litis pendencia y, en consecuencia, se rechazó la demanda de cobro de pesos; b.- La Corte de Apelaciones de Valparaíso confirmó el fallo de primer grado por resolución de 13 de enero de 2015; c.- Por sentencia de 9 de agosto de 2016, esta Corte acogió el recurso de casación en el fondo deducido por la demandante en contra del fallo referido en la letra que precede, dictando uno de reemplazo que rechazó la excepción de litis pendencia, y ordenó a la Corte de Apelaciones de Valparaíso “pronunciarse por las demás excepciones opuestas por el demandado”.

0128982175003d.- En cumplimiento de lo ordenado, por resolución de 9 de septiembre pasado, el tribunal de alzada desestimó las excepciones de pago y de prescripción de la deuda deducidas por la parte demandada, y, en consecuencia, acogió la demanda de cobro de pesos.

Cuarto

Que para que se configuren las causales alegadas es necesario que la sentencia haya sido pronunciada por un tribunal incompetente o que haya sido integrado en...

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