Causa nº 1108/2013 (Apelación). Resolución nº 12899 de Corte Suprema, Sala de Verano de 28 de Febrero de 2013 - Jurisprudencia - VLEX 435897334

Causa nº 1108/2013 (Apelación). Resolución nº 12899 de Corte Suprema, Sala de Verano de 28 de Febrero de 2013

Fecha de Resolución28 de Febrero de 2013
MovimientoREVOCADA SENTENCIA APELADA QUE
Rol de Ingreso1108/2013
Rol de Ingreso en Cortes de Apelación42070-2012 - C.A. de Santiago
EmisorSala de Verano

Santiago, veintiocho de febrero de dos mil trece.

Vistos:

Se reproduce el fallo en alzada.

Y se tiene ademas presente:

Primero

Que el apartado Nº 11 del Auto Acordado de la Corte Suprema sobre tramitacion del recurso de proteccion establece una regulacion especial en materia de costas, distinta a la prevista en el Titulo XIV del Libro Primero del Codigo de Procedimiento Civil, otorgandole atribuciones facultativas a las Cortes de Apelaciones y a la Corte Suprema sobre la materia.

Segundo

Que la condena en costas en este procedimiento cautelar no queda determinada por circunstancias prestablecidas, como que prosperen o no las pretensiones intentadas, sino que se da a los magistrados que han de resolver la facultad de imponerlas conforme a las caracteristicas del caso.

Tercero

Que atendido el merito de los antecedentes, de los que aparece que el recurso deducido en lo principal de la presentacion de fojas 17 fue acogido integramente y que la actuacion arbitraria de la Isapre obligo a la parte interesada a accionar, se estima acertado condenar en costas a la parte recurrida, por lo que asi se declarara.

En conformidad, asimismo, con lo que disponen el articulo 20 de la Constitucion Politica de la Republica y el Auto Acordado de esta Corte sobre la materia, se revoca la sentencia de veintiuno de enero de dos mil trece, escrita a fojas 52 y siguientes, solo en cuanto no condena a la recurrida al pago de las costas de la causa, decidiendose en su lugar, que I.B.S.A. queda condenada a dicho pago.

Acordado en contra del voto del Ministro senor Dolmestch y de la Ministra senora Maggi, quienes estuvieron por confirmar la sentencia recurrida, atendido lo dispuesto en el articulo 146 del Codigo...

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