Causa nº 1333/2013 (Apelación). Resolución nº 27651 de Corte Suprema, Sala Tercera (Constitucional) de 29 de Abril de 2013 - Jurisprudencia - VLEX 475087134

Causa nº 1333/2013 (Apelación). Resolución nº 27651 de Corte Suprema, Sala Tercera (Constitucional) de 29 de Abril de 2013

Fecha de Resolución29 de Abril de 2013
MovimientoREVOCADA SENTENCIA APELADA QUE
Rol de Ingreso1333/2013
Rol de Ingreso en Cortes de Apelación22-2013 - C.A. de Puerto Montt
EmisorSala Tercera (Constitucional)

Santiago, veintinueve de abril de dos mil trece.

Vistos:

Se reproduce la sentencia en alzada con excepción de su motivo cuarto, que se suprime.

Y se tiene en su lugar y además presente:

  1. ) Que el recurso de protección establecido en el artículo 20 de la Constitución Política de la República constituye jurídicamente una acción de evidente carácter cautelar, que está destinada a amparar el legítimo ejercicio de los derechos claramente preexistentes y no discutidos que en esa misma disposición se enumeran, mediante la adopción de medidas de resguardo que se deben tomar ante un acto arbitrario o ilegal que impida, perturbe o amague dicho ejercicio, sometiendo así al imperio del derecho estas circunstancias.

  2. ) Que el artículo 2° del Código del Trabajo, junto con reconocer la función social que cumple el trabajo, otorga al Estado la misión de amparar al trabajador en su derecho a elegir libremente su empleo y, además, la de velar por el cumplimiento de las normas que regulan la prestación de los servicios, labor esta última que corresponde cautelar, en representación del Estado, a la Dirección del Trabajo y en cuya virtud, especialmente en lo que al recurso interesa, ésta debe fiscalizar la aplicación de la ley laboral.

  3. ) Que es un hecho no discutido por las partes que la Inspección Comunal del Trabajo de la ciudad de Ancud efectuó el día 12 de diciembre de 2012 una fiscalización a la empresa recurrente como consecuencia de la denuncia hecha por uno de sus dependientes, la que derivó en la imposición de un total de cinco multas, como lo ilustran los antecedentes acompañados por la recurrida, específicamente de la letra E, “Información específica de la fiscalización”, del apartado IV.- “Resultados de la Fiscalización”, del documento “Informe de Fiscalización”.

  4. ) Que del antecedente singularizado anteriormente se advierte que de las cinco sanciones cursadas al empleador, cuatro dicen relación con infracciones a su obligación de velar por la vida y salud de sus trabajadores, mientras que la restante se relaciona con el incumplimiento de su obligación de llevar registro de asistencia y determinación de las horas trabajadas por sus dependientes, infracción que la Inspección del Trabajo califica como “Informalidad laboral”, según reza el documento que corre agregado a fojas 20, letra y apartado antes apuntados.

  5. ) Que de lo referido se desprende que las multas impuestas a la recurrente por infracción a la obligación del empleador de velar por...

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