Causa nº 7060/2017 (Unificación de Jurisprudencia). Resolución nº 126946 de Corte Suprema, Sala Cuarta (Mixta) de 5 de Abril de 2017 - Jurisprudencia - VLEX 676576261

Causa nº 7060/2017 (Unificación de Jurisprudencia). Resolución nº 126946 de Corte Suprema, Sala Cuarta (Mixta) de 5 de Abril de 2017

Fecha de Resolución 5 de Abril de 2017
MovimientoINADMISIBLE,UNIFICACIÓN DE JURISPRUDENCIA (M)
Rol de Ingreso7060/2017
Rol de Ingreso en Cortes de Apelación497-2016 - C.A. de Valparaíso
Rol de Ingreso en Primer InstanciaO-199-2016 - JUZGADO DE LETRAS DEL TRABAJO DE VALPARAÍSO
EmisorSala Cuarta (Mixta)

Santiago, cinco de abril de dos mil diecisiete. Vistos y teniendo presente:

Primero

Que, de conformidad con lo dispuesto en el inciso 7° del artículo 483-A del Código del Trabajo, se ha ordenado dar cuenta de la admisibilidad del recurso de unificación de jurisprudencia deducido por la parte demandada de Agencias Universales S.A., en contra de la sentencia dictada por la Corte de Apelaciones de Valparaíso, que rechazó su recurso de nulidad interpuesto en contra de la sentencia de base que dio lugar a la demanda por despido injustificado y nulidad del mismo, condenándolo solidariamente al pago de las prestaciones que se señalan.

Segundo

Que, de acuerdo con lo establecido en el artículo 483 del Código del Trabajo, contra la resolución que falle el recurso de nulidad puede deducirse el de unificación, cuando “respecto de la materia de derecho objeto del juicio existieren distintas interpretaciones sostenidas en uno o más fallos firmes emanados de tribunales superiores de justicia”. Asimismo, del tenor de lo dispuesto en el artículo 483-A del cuerpo legal antes citado, esta Corte declarará inadmisible el recurso si faltan los requisitos de los incisos primero y segundo del mismo artículo. Entre estos requisitos se encuentran el de fundar el escrito e incluir una relación precisa y circunstanciada de las distintas interpretaciones respecto de las materias de derecho objeto de la sentencia, sostenidas en diversos fallos emanados de los tribunales superiores de justicia, y el de acompañar copia de las sentencias respectivas.

Tercero

Que por medio de su arbitrio, el recurrente pretende la unificación de jurisprudencia planteando como materia de derecho, los requisitos que deben satisfacerse para aplicar el régimen de subcontratación conforme el artículo 183-A del Código del Trabajo. En subsidio, y en caso que se estime que la interpretación sobre dicho punto efectuada por la sentencia impugnada es correcta, propone como cuestión jurídica a unificar, el límite temporal de la responsabilidad que emana del régimen de subcontratación conforme al artículo 183-B del cuerpo legal citado.

Cuarto

Que la sentencia del grado acogió la demanda de la manera señalada, deduciendo el recurrente arbitrio de nulidad fundado en la causal del artículo 477 del Código del Trabajo, denunciando en un primer acápite, la infracción del artículo 183-A; y en un segundo apartado, y de manera subsidiaria...

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