Causa nº 2132/2009 (Apelación). Resolución nº 2132-2009 de Corte Suprema, Sala Tercera (Constitucional) de 10 de Agosto de 2009 - Jurisprudencia - VLEX 63789065

Causa nº 2132/2009 (Apelación). Resolución nº 2132-2009 de Corte Suprema, Sala Tercera (Constitucional) de 10 de Agosto de 2009

JuezPedro Pierry Arrau,Adalis Oyarzún Miranda,Sonia Araneda Briones,Guillermo Ruiz Pulido.,Haroldo Brito Cruz
Sentido del falloREVOCADA SENTENCIA APELADA QUE
Corte en Segunda Instancia
Fecha10 Agosto 2009
Número de registrorec21322009-cor0-tri6050000-tip4
Partes VERONICA JEANETTE ROCUANT RIVAS CONTRA COLEGIO INGLES SAN JOSE
Número de expediente2132-2009
Tipo de proceso(Civil) Apelación Protección
MateriaDerecho Civil,Derecho Constitucional
EmisorSala Tercera Constitucional (Corte Suprema de Chile)

1

Santiago, diez de agosto de dos mil nueve.

VISTOS:

Se reproduce la sentencia en alzada, a excepción de sus fundamentos séptimo a duodécimo, que se suprimen.

Y se tiene, en su lugar y, además, presente:

  1. ) Que una correcta decisión acerca de lo planteado en la presente acción de amparo constitucional exige tomar en consideración los siguientes datos allegados en el curso del procedimiento que se ha llevado a cabo en autos:

    1. Con fecha 28 de diciembre de 2007 se extendió un documento ?materialmente agregado a fs. 32- suscrito por personeros de la Coordinación de Disciplina del Colegio Inglés San José y los apoderados de la alumna del curso Octavo B de Educación General Básica de ese establecimiento, I.C.R., en que se deja constancia de la condicionalidad de dicha estudiante durante el periodo 2008, a causa de su ?mala conducta en el aula y exceso de atrasos (24)?.

      Los apoderados manifiestan su compromiso en el documento de ?hacer modificar radicalmente el comportamiento académico y/o disciplinario? de su pupila. ?En caso contrario, el Colegio se verá obligado a hacer efectiva la condicionalidad, transformándola en caducidad de matricula.

    2. Un instrumento, concebido en términos similares al precedente, datado el 8 de agosto de 2008 ?rola a fs. 34 del expediente- suscrito por los apoderados de I.C.R., ahora alumna del 1° Medio B y representantes del mencionado establecimiento, da cuenta de haberse detectado durante el período académico 2008 comportamientos inconvenientes de la estudiante aludida en los rubros ?Conducta?, ?Rendimiento? y ?Falta al Reglamento Interno?; circunstancias que determinan su calidad de ?condicional? durante el año lectivo 2008.

      Se hace constar, tal como en el acta anterior, el compromiso de los apoderados en cuanto a ?modificar radicalmente el comportamiento académico y/o disciplinario? de su pupila; y el acuerdo de los comparecientes acerca de que, ?en caso contrario, el Colegio se verá obligado a hacer efectiva la condicionalidad, transformándola en una caducidad de matrícula?;

    3. Acta del Consejo de Evaluación Anual del curso 1° Medio B del Colegio Inglés San José, suscrita el 17 de diciembre de 2008 ?aparejada a fs 92- en la cual, luego de hacerse presente que la alumna I.C.R. concluyó el octavo año (2007) con caducidad de matrícula ?medida que se dejó sin efecto por la Rectoría del Colegio al acoger una apelación de sus apoderados- se determina poner término a su contrato educacional por exceso de anotaciones...

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