Causa nº 16832/2018 (Hecho). Resolución nº 9 de Corte Suprema, Sala Tercera (Constitucional) de 31 de Julio de 2018 - Jurisprudencia - VLEX 736022161

Causa nº 16832/2018 (Hecho). Resolución nº 9 de Corte Suprema, Sala Tercera (Constitucional) de 31 de Julio de 2018

Fecha de Resolución31 de Julio de 2018
MovimientoINADMISIBLE RECURSO DE HECHO
Rol de Ingreso16832/2018
Rol de Ingreso en Cortes de Apelación5380-2018 - C.A. de Valparaíso
EmisorSala Tercera (Constitucional)

Santiago, treinta y uno de julio de dos mil dieciocho.

A los escritos folios N°s 39.387-2018 y 39.562-2018: estése al estado de la causa.

Vistos y teniendo presente:

Primero

Que don V.M.G., recurrente en sede de protección, ha deducido recurso de hecho en contra de la resolución dictada por la Corte de Apelaciones de Valparaíso de fecha veinte de julio pasado, que denegó la concesión del recurso de apelación subsidiario deducido en contra de la resolución que no dio lugar a una orden de no innovar.

Segundo

Que el numeral quinto del Auto Acordado de esta Corte sobre tramitación del Recurso de Protección dispone, en lo pertinente, que: “5: …. La sentencia que se dicte, ya sea que lo acoja, rechace o declare inadmisible el recurso, será apelable ante la Corte Suprema.

Tercero

Que del tenor de lo dispuesto en el numeral 5° del Auto Acordado de esta Corte sobre Tramitación del Recurso de Protección, en este procedimiento sólo es susceptible de ser impugnado por el recurso de apelación la resolución que declara la inadmisibilidad del mismo y la sentencia definitiva.

De conformidad asimismo con lo dispuesto por los artículos 203, 204 y 205 del Código de Procedimiento Civil, se declara inadmisible el recurso de hecho deducido con fecha veinticuatro de julio de dos mil dieciocho.

A los otrosíes de la misma presentación, estése a lo resuelto.

Regístrese y archívese. Rol N° 16.832-2018. Pronunciado por la Tercera Sala de la Corte Suprema integrada por los Ministros (as) S.M.M.G., J.E.F.B., A.P.P. y los Abogados (as) Integrantes A.Q.P., P.P.A.S., treinta y uno de julio de dos...

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