Causa nº 9669/2011 (Otros). Resolución nº 62072 de Corte Suprema, Sala Cuarta (Mixta) de 1 de Agosto de 2012 - Jurisprudencia - VLEX 436262746

Causa nº 9669/2011 (Otros). Resolución nº 62072 de Corte Suprema, Sala Cuarta (Mixta) de 1 de Agosto de 2012

JuezSenora Gabriela Perez P.,Senor Guillermo Silva G.,Senora Rosa Egnem S.
MateriaDerecho Laboral y Seguridad Social
Número de expediente9669/2011
Número de registrocorCORTE_SUPREMA-triCORTE_SUPREMA-rec96692011-tip-fol62072
EmisorSala Cuarta Mixta (Corte Suprema de Chile)
Partesmunizaga con factor seguridad limitada

Santiago, uno de agosto de dos mil doce.

Vistos:

En autos RUC Nº 1040045868-0 y RIT Nº T-83-2010 del Juzgado de Letras del Trabajo de Valparaiso, don V.E.M.M. interpone denuncia de tutela de vulneracion de derechos fundamentales con ocasion del despido y conjuntamente demanda de nulidad del despido y cobro de prestaciones en contra de Factor Seguridad Limitada, representada por don F.S.M., y solidariamente o en forma subsidiaria en contra de Pre Unic S.A., representada por don R.A.S., solicitando se condene a las demandadas a pagar las prestaciones e indemnizaciones que senala, mas intereses, reajustes y costas.

Las demandadas no contestaron el libelo dentro de plazo legal, y no comparecieron a la audiencia preparatoria ni a la de juicio.

En la sentencia definitiva, de cinco de agosto de dos mil once, escrita a fojas 1 y siguientes de estos antecedentes, el tribunal acogio la demanda interpuesta en cuanto declaro: I.- que el despido efectuado por Factor Seguridad Ltda. ha sido con vulneracion de la garantia de indemnidad que asistia al trabajador, por lo que la demandada principal debera pagar al actor las siguientes indemnizaciones: a) la suma de $245.500, por concepto de indemnizacion sustitutiva del aviso previo; b) la cantidad de $245.500, a titulo de indemnizacion por anos de servicios; c) el importe de $73.650, por recargo legal del 30% establecido en el articulo 168 letra a) del Codigo del Trabajo; d) la suma de $2.700.500, correspondiente a indemnizacion adicional del inciso tercero del articulo 489 del Codigo del Trabajo equivalente a once meses de la ultima remuneracion; II.- que el despido del actor es igualmente nulo, por lo que la demandada principal debera pagar al demandante todas las remuneraciones, cotizaciones de seguridad social y demas prestaciones que se han devengado y se devenguen desde la separacion ocurrida el 30 de agosto del ano 2010, hasta la fecha en que la demandada convalide el despido, pago que debera hacer a razon de la ultima remuneracion mensual bruta que debio habersele pagado ascendente a $245.500; III.- que la demandada principal debera pagar al demandante la suma de $67.172 por concepto de feriado proporcional; IV.- que la demandada Pre Unic S.A., debera pagar solidariamente las prestaciones a que se refieren las letras a), b) y c) del numeral I y las senaladas en los numerales II y III; V.- que las cantidades ordenadas pagar deberan serlo con los reajustes e intereses que se indican en los articulos 63 y 173 del Codigo del Trabajo, segun el caso; VI.- que la empresa Factor Seguridad Ltda. vencida debera, ademas, dentro de un plazo no superior a un mes, contados desde que la presente sentencia adquiera el caracter de ejecutoriada, distribuir, a su costo, entre todos sus trabajadores, cualquiera que sea la modalidad de su contratacion, una cartilla que contenga informacion acerca de los domicilios en que funcionan las dependencias de la Inspeccion del Trabajo de la Quinta Region, sus telefonos y correos electronicos y en las que debera dejarse constancia que dicha distribucion se realiza en cumplimiento de lo ordenado por esta sentencia senalando el Tribunal que la expidio, R. de la causa, y nombre del demandante; VII.- que se condena a las demandadas al pago de las costas de la causa, regulandose las personales en el 10% del total de las sumas que se ordenan pagar por...

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