Causa nº 8954/2015 (Apelación). Resolución nº 191928 de Corte Suprema, Sala Tercera (Constitucional) de 9 de Noviembre de 2015 - Jurisprudencia - VLEX 586705638

Causa nº 8954/2015 (Apelación). Resolución nº 191928 de Corte Suprema, Sala Tercera (Constitucional) de 9 de Noviembre de 2015

Fecha de Resolución 9 de Noviembre de 2015
MovimientoCONFIRMA SENTENCIA APELADA
Rol de Ingreso8954/2015
Rol de Ingreso en Cortes de Apelación1-2015 C.A. de Coyhaique
Rol de Ingreso en Primer Instancia-0-0
EmisorSala Tercera (Constitucional)

Santiago, nueve de noviembre de dos mil quince.

Vistos:

Primero

Que en estos autos Rol Nº8954-15, comparece P.C.S.A., quien, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 55 Q de la Ley General de Pesca y Acuicultura, interpone recurso de apelación en contra de la sentencia de veintiséis de junio de dos mil quince, que rechazó el reclamó judicial deducido en contra de la Resolución Exenta N° 1633 de fecha 18 de Diciembre de 2014, pronunciada por el Director Regional de Pesca y Acuicultura de la Región de Aysén, en cuya virtud se decidió sancionar a su representada con el pago de una multa de 3.515,967 UTM y al descuento de lo capturado en exceso (33,39 toneladas de Congrio Dorado) de las toneladas autorizadas para el año siguiente, por sobrepasar las toneladas autorizadas a capturar del recurso Congrio Dorado, para el año calendario 2013, ello según lo establecido en el artículo 40 B de la Ley de Pesca, solicitando que se revoque la sentencia impugnada y, en definitiva, se le absuelva de los cargos formulados y de las sanciones aplicadas o se disponga lo que en justicia corresponda de acuerdo al mérito de autos;

Segundo

Que son hechos de la causa, por no estar controvertidos por las partes, los siguientes:

  1. Que Pesca Chile S.A. es titular de Licencias Transables de Pesca Clase A sobre el recurso hidrológico Congrio Dorado, según Resolución Exenta Nº 2193 del año 2013 de la Subsecretaría de Pesca y Acuicultura;

  2. Que para hacer efectivos los derechos provenientes de esta Licencia Transable de Pesca, Pesca Chile S.A. inscribió en el Registro de Naves en LTP o PEO que lleva el Servicio, las naves Cabo de Hornos, D.R., C.S.J., Puerto Toro, Puerto Ballena y S.P., de acuerdo a lo establecido en la Resolución Exenta Nº 1873, del año 2013 de dicho Servicio;

  3. Que con el último desembarque del recurso efectuado con la embarcación Puerto Ballena, de fecha 30 de noviembre del 2013, en Punta Arenas, Pesca Chile S.A., excedió en 33,39 toneladas la cuota autorizada;

  4. Que el 20 de diciembre de 2013, Pesquera Grimar S.A. y Pesca Chile S.A., celebraron, mediante instrumento privado, un contrato de arrendamiento, en virtud del cual G. entregó a Pesca Chile S.A., la cantidad de 40 toneladas del recurso Congrio dorado en el área marítima ubicada entre los paralelos 41º28,6¨al 47º Latitud Sur;

  5. Que los armadores titulares de Licencias, entre ellos Pesca Chile, debían cumplir al 31 de diciembre de 2013 con suficiente saldo de cuota de no sobrepasar la cuota total asignada, cedida o transferida;

  6. Que al 31 de diciembre de 2013 el contrato de arrendamiento...

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