Causa nº 92791/2016 (Unificación de Jurisprudencia). Resolución nº 85501 de Corte Suprema, Sala Cuarta (Mixta) de 2 de Marzo de 2017 - Jurisprudencia - VLEX 669519181

Causa nº 92791/2016 (Unificación de Jurisprudencia). Resolución nº 85501 de Corte Suprema, Sala Cuarta (Mixta) de 2 de Marzo de 2017

Fecha de Resolución 2 de Marzo de 2017
MovimientoINADMISIBLE,UNIFICACIÓN DE JURISPRUDENCIA (M)
Rol de Ingreso92791/2016
Rol de Ingreso en Cortes de Apelación110-2016 - C.A. de Talca
Rol de Ingreso en Primer InstanciaT-10-2016 - JUZGADO DE LETRAS DEL TRABAJO DE TALCA
EmisorSala Cuarta (Mixta)

Santiago, dos de marzo de dos mil diecisiete.

VISTOS Y TENIENDO PRESENTE QUE: 1°.- De conformidad con lo dispuesto en el inciso séptimo del artículo 483 A del Código del Trabajo, se ha ordenado dar cuenta de la admisibilidad del recurso de unificación de jurisprudencia deducido por la demandada contra la sentencia dictada por la Corte de Apelaciones de Talca, que acogió el de nulidad interpuesto por la parte demandante contra el de instancia, que había rechazado la demanda de tutela laboral y cobro de prestaciones, dejándola acogida;

  1. - Este resorte puede tener lugar solamente con ocasión de dictarse una resolución que falla un recurso de nulidad laboral, cuando “respecto de la materia de derecho objeto del juicio existieren distintas interpretaciones

    sostenidas en uno o más fallos firmes emanados de Tribunales Superiores

    de Justicia”, según predica el artículo 483 del citado referente normativo;

  2. - A efectos de su admisibilidad y acorde con el citado artículo 483-A, debe esta Corte constatar: primero, su oportunidad; segundo, la existencia de fundamentación; tercero, la relación precisa y circunstanciada de las distintas interpretaciones respecto de las materias de derecho objeto de la sentencia, sostenidas en diversos fallos emanados de tribunales superiores de justicia, con inclusión de los argumentos destinados a persuadir sobre la conveniencia jurídica de asumir una de las exégesis en pugna; cuarto, la agregación de copia del o los fallos traídos a modo de cotejo;

  3. - Pide el requirente se unifique la siguiente materia: “determinar la correcta interpretación del artículo 159 N° 4, inciso 4 parte final, del Código

    del Trabajo en cuanto si dicha norma puede ser aplicada por analogía al

    caso de las modificaciones contractuales, las que a su vez se encuentran

    regladas, en los artículos y 11 del Código del Trabajo, y

    consecuencialmente, si la amonestación y correos electrónicos enviados por

    la empleadora al demandante pueden ser consideradas como

    hostigamiento

    y vulneración de sus derechos laborales y como persona ”

    (sic);

    01438922811655°.- No hay en estos planteamientos algo de lo expuesto en supra 3°, como quiera se trata de un juicio de valor realizado por los jueces respecto de hechos que...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR