Causa nº 8099/2017 (Unificación de Jurisprudencia). Resolución nº 235268 de Corte Suprema, Sala Cuarta (Mixta) de 25 de Mayo de 2017
Juez | Andrea Maria Mercedes Muñoz Sanchez,Gloria Ana Chevesich Ruiz,Carlos Jose Cerda Fernandez |
Corte en Segunda Instancia | - C.A. de Santiago |
Rol de ingreso en primera instancia | T-361-2016 |
Número de expediente | 8099/2017 |
Fecha | 25 Mayo 2017 |
Rol de ingreso en Cortes de Apelación | 1740-2016 |
Emisor | Sala Cuarta Mixta (Corte Suprema de Chile) |
Partes | RODRIGUEZ CON DETROIT S.A. |
Sentencia en primera instancia | - 1° JUZGADO DE LETRAS DEL TRABAJO DE SANTIAGO |
Número de registro | 8099-2017-235268 |
Santiago, veinticinco de mayo de dos mil diecisiete. Vistos y teniendo presente:
Que de conformidad con lo dispuesto en el inciso 7° del artículo 483-A del Código del Trabajo, se ha ordenado dar cuenta de la admisibilidad del recurso de unificación de jurisprudencia deducido por la parte demandada contra la sentencia dictada por la Corte de Apelaciones de Santiago, que rechazó el de nulidad que interpuso contra la de mérito que acogió parcialmente la demanda de despido injustificado y cobro de prestaciones.
Que según se expresa en la legislación laboral, el recurso de unificación de jurisprudencia es susceptible de ser deducido en contra de la resolución que falle el recurso de nulidad, estableciéndose su procedencia para el caso en que “respecto de la materia de derecho objeto del juicio existieren distintas interpretaciones sostenidas en uno o más fallos firmes emanados de Tribunales Superiores de Justicia”, conforme lo explicita el artículo 483 del Código del Trabajo. Asimismo, del tenor de lo dispuesto en el artículo 483-A del cuerpo legal antes citado, aparece que esta Corte debe controlar, como requisitos para su admisibilidad, por un lado, su oportunidad; en segundo lugar, la existencia de fundamento, además de una relación precisa y circunstanciada de las distintas interpretaciones respecto de las materias de derecho objeto de la sentencia, sostenidas en diversos fallos emanados de los Tribunales Superiores de Justicia, y finalmente, debe acompañarse copia del o los fallos que se invocan como fundamento del recurso en referencia.
Q ue, conforme se expresa en el recurso, la materia de derecho objeto del juicio que se propone dice relación con determinar el alcance de la presunción contenida en el artículo 9° del Código del Trabajo, en particular, en aquello que excede de las cláusulas mínimas previstas en el artículo 10 del citado cuerpo legal.
Que en el recurso de nulidad que dedujo respecto de la sentencia del grado invocó las causales previstas en los artículos 477 del Código del Trabajo, en relación a los artículos 9, 10, 163 y 172 del mismo cuerpo legal y 478 b) del citado código, esta última en carácter de subsidiaria, sosteniendo que la presunción del artículo 9, inciso cuarto, del Código del Trabajo sólo opera respecto de las cláusulas esenciales del contrato de trabajo, excluyendo aquellas materias en que la voluntad de las partes...
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