Causa nº 46493/2016 (Casación). Resolución nº 576858 de Corte Suprema, Sala Cuarta (Mixta) de 12 de Octubre de 2016 - Jurisprudencia - VLEX 650949461

Causa nº 46493/2016 (Casación). Resolución nº 576858 de Corte Suprema, Sala Cuarta (Mixta) de 12 de Octubre de 2016

JuezRicardo Blanco H.,S Gloria Ana Chevesich R.,Andrea Muñoz S.
Corte en Segunda Instancia- C.A. de Antofagasta
Rol de ingreso en primera instanciaC-1143-2015
Número de expediente46493/2016
Fecha12 Octubre 2016
Rol de ingreso en Cortes de Apelación147-2016
EmisorSala Cuarta Mixta (Corte Suprema de Chile)
PartesROMAN SERRA, GINA CON CONVEYOR SERVICES S.A.
Sentencia en primera instancia- 000000000-0
Número de registro46493-2016-576858

Santiago, doce de octubre de dos mil dieciséis. Vistos y considerando:

Primero

Que se ha ordenado dar cuenta, conforme al artículo 782 del Código de Procedimiento Civil, del recurso de casación en el fondo deducido por la parte demandante contra la sentencia de la Corte de Apelaciones de A., que revocó la sentencia de primera instancia y rechazó la demanda de indemnización de perjuicios.

Segundo

Que el recurrente denuncia infracción a los artículos 3461 y N° 2, 384, 425, 426 y 427 del Código de Procedimiento Civil, al desconocer el valor probatorio de la documental acompañada, en la que consta la existencia de daños y perjuicios causados al inmueble arrendado, y da cuenta del valor del lucro cesante. Lo anterior tuvo como consecuencia que vendió la propiedad en una suma inferior a su valor comercial, producto del incumplimiento en que incurrió la arrendataria de la obligación de mantener el inmueble en un adecuado estado de conservación.

Finaliza señalando que se debió negar valor probatorio a la prueba presentada por la demandada, por ser débil e insuficiente para desvirtuar el mérito que surge de la suya concluyendo, de acuerdo a las máximas de la experiencia, que los daños existentes en la propiedad fueron provocados por la parte demandada.

En virtud de lo anterior solicitó invalidar la sentencia impugnada, dictando una de reemplazo que acoja la demanda.

Tercero

Que los sentenciadores dieron por acreditados los siguientes hechos: 1.-Con fecha 22 de octubre de 2009 la demandante, doña G.R.S., dio en arrendamiento a la demandada, la sociedad Conveyor Services S.A., el inmueble ubicado en Avenida Escondida N° 02983, Jardines del Sur, Antofagasta, Segunda Región, para uso de casa habitación de su Gerente, fijándose una renta de $1.000.000 mensuales, reajustables trimestralmente. 2.- Dicho contrato rigió hasta el día 31 de enero de 2015. 3.- El inmueble fue adquirido por la arrendadora con fecha 26 de enero de 2005 en la suma de 7.508 unidades de fomento, vendiéndolo mediante escritura pública de 9 de febrero de 2015 en la suma de 13.500 unidades de fomento. 4.- La propiedad no experimentó pérdida de valor comercial como consecuencia de su deterioro.

Sobre la base de dichos presupuestos fácticos se desestimó la demanda, por fundarse en una pérdida o utilidad que se dejó de percibir, derivada del menor

0110712015739valor comercial como consecuencia del deterioro de la propiedad atribuible...

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