Causa nº 23409/2014 (Casación). Resolución nº 109874 de Corte Suprema, Sala Cuarta (Mixta) de 3 de Agosto de 2015 - Jurisprudencia - VLEX 579674406

Causa nº 23409/2014 (Casación). Resolución nº 109874 de Corte Suprema, Sala Cuarta (Mixta) de 3 de Agosto de 2015

JuezS Gloria Ana Chevesich R.,Ricardo Blanco H.,Andrea Muñoz S.
Corte en Segunda InstanciaC.A. de Santiago
Fecha03 Agosto 2015
Número de expediente23409/2014
Número de registro23409-2014-109874
Rol de ingreso en primera instanciaC-4402-2013
EmisorSala Cuarta Mixta (Corte Suprema de Chile)
PartesRUBIO SALINAS ALICIA DEL CARMEN CON SANCHEZ RUBIO ISABEL ALEJANDRA.
Sentencia en primera instancia30º JUZGADO CIVIL DE SANTIAGO
Rol de ingreso en Cortes de Apelación1935-2014

Santiago, tres de agosto de dos mil quince.

Vistos:

En autos Rol 4.402-2013, del Trigésimo Juzgado Civil de Santiago, sobre juicio sumario de precario, caratulados “Rubio con S.”, por sentencia de veinte de diciembre de dos mil trece se acogió la demanda de precario intentada por doña A. delC.R.S. en contra de doña I.A.S.R. y, en consecuencia, se condenó a la demandada a restituir el inmueble objeto de la pretensión de la demandante, dentro de 10 días contados desde la fecha en que la referida sentencia quede en estado de cumplirse.

Se alzó la demandada, y una Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago, por sentencia de nueve de junio de dos mil catorce, confirmó el fallo de primera instancia.

En contra de este último pronunciamiento, la misma parte dedujo recurso de casación en el fondo, solicitando su invalidación y la consecuente dictación de una sentencia de reemplazo que rechace en todas sus partes la acción de precario, con costas.

Se ordenó traer los autos en relación.

Considerando:

Primero

Que, la recurrente sostiene que la sentencia ha vulnerado en forma manifiesta las reglas de valoración de la prueba, al concluir, en forma errada, que su parte no logró acreditar que contaba con un título que avalara su tenencia del inmueble sobre el que versa la controversia. La norma específica que denuncia como infringida es la del artículo 398 del Código de Procedimiento Civil, en su inciso segundo, que se refiere a la confesión que se hubiere prestado en otro juicio diverso, entre las partes que actualmente litigan.

Funda su recurso en el hecho que el sentenciador habría obviado lo que la actora ha confesado en un juicio previo, seguido en contra de la misma demandada, respecto de un término de contrato de arrendamiento por no pago de las rentas, y le ha dado valor de plena prueba, en cambio, a la confesión que su parte prestó en el presente juicio, por estimar que recae sobre un hecho personal, no revocado y respecto del cual no se ha recibido prueba contraria, en conformidad al inciso primero del artículo 402 del Código de Procedimiento Civil. Ha dejado de aplicar así, señala, la prueba contradictoria prestada en el otro juicio, en que la demandante reconoce la existencia de un vínculo jurídico con la demandada -contrato de arrendamiento- a quien en estos autos ha demandado de precario. A juicio de la recurrente, se cumplen los requisitos para configurar los supuestos exigidos por el legislador para configurar una presunción grave de lo confesado. Agrega que el hecho que el litigio anterior hubiere terminado por desistimiento de la demandante, no implica la pérdida de todas las afirmaciones realizadas en dicho procedimiento, ya que de otro modo, se desconocería el principio de la adquisición procesal. Lo anterior sería determinante, por cuanto la sentencia acoge la demanda porque estima que su parte no acreditó un título que justificara su tenencia, en circunstancias que según lo que ésta ha sostenido, en ambos procesos, es que sí existía un comodato y que para la demandante era un arrendamiento.

Explica, finalmente, el modo en que la infracción denunciada influyó en lo...

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