Causa nº 44387/2017 (Casación). Resolución nº 7 de Corte Suprema, Sala Cuarta (Mixta) de 30 de Julio de 2018
Corte en Segunda Instancia | - C.A. de Concepción |
Emisor | Sala Cuarta Mixta (Corte Suprema de Chile) |
Fecha | 30 Julio 2018 |
Número de expediente | 44387/2017 |
Número de registro | 44387-2017-7 |
Rol de ingreso en primera instancia | C-395-2014 |
Partes | SERVICIO NACIONAL DE PESCA Y ACUICULTURA CON LOTA PROTEIN S.A. |
Sentencia en primera instancia | - JUZGADO DE LETRAS Y GARANTIA DE LOTA |
Rol de ingreso en Cortes de Apelación | 508-2017 |
Santiago, treinta de julio de dos mil dieciocho. Vistos y considerando:
Que se ha ordenado dar cuenta, conforme lo dispone el artículo 782 del Código de Procedimiento Civil, del recurso de casación en el fondo deducido por la denunciada contra la sentencia dictada por la Corte de Apelaciones de Concepción, que confirmó la de primera instancia que acogió la denuncia por infracción a la Ley General de Pesca y Acuicultura y condenó al pago de la multa que indica.
Que la recurrente denuncia infringidos los artículos 107, 116, 125 N°4 y 18 de la Ley General de Pesca y Acuicultura, 1969 del Código Civil y 358 N°5 del de Procedimiento Civil, porque se rechazó prueba que la ley admite al declarar que dos de los testigos presentados por su parte eran inhábiles atendida su calidad de trabajadores dependientes de la empresa, no obstante tratarse de un procedimiento en que la apreciación probatoria se rige por las normas de la sana crítica, lo que debió llevar al rechazo de las tachas formuladas; y porque se acogió la denuncia pese a no concurrir todos los elementos del tipo infraccional, pues los funcionarios que recibieron la pesca descargada por la embarcación no pudieron saber que contenía un 3% de langostinos, ya que sólo se informó la existencia de sardina común y anchoveta, produciéndose un error que excluye el dolo y, en consecuencia, la tipicidad de la conducta. Solicita se invalide la sentencia impugnada y se dicte una de reemplazo que rechace la denuncia.
Que los sentenciadores del fondo dieron por acreditado que el día 30 de abril de 2014, funcionarios del servicio denunciante revisaron la declaración de abastecimiento N°986799 y detectaron que la denunciada, Lota Protein S.A., se abasteció de un total de 348 kilogramos de langostino colorado, provenientes de la embarcación D.S.I., que, conforme a la declaración de producción N°985477, fueron utilizados para la producción de harina de pescado elaborada en su planta.
Sobre la base de dicho presupuesto fáctico, tuvieron por acreditada la infracción a los artículos 107 y 116 de la Ley General de Pesca y Acuicultura, en relación al Decreto Supremo N°316, de 1985, por lo que acogieron la denuncia y condenaron al pago de una multa equivalente a tres unidades tributarias mensuales.
Que, en cuanto al primer vicio denunciado, cabe tener presente que esta Corte ha señalado reiteradamente que la...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba